¿Qué fue el terrorismo de Estado?
En
primer lugar, lo propio del terrorismo de Estado fue el uso de la
violencia política puesta al servicio de la eliminación de los
adversarios políticos y del amedrentamiento de toda la población a
través de diversos mecanismos represivos. Miles de personas
encarceladas y otras tantas forzadas al exilio, persecución,
prohibiciones, censura, vigilancia. Y, fundamentalmente, la puesta en
marcha de los centros clandestinos de detención […]. En
segundo lugar, el terror se utilizó como instrumento de
disciplinamiento social y político de manera constante, no de manera
aislada o excepcional. La violencia ejercida desde el Estado se
convirtió en práctica recurrente, a tal punto que constituyó la «regla
de dominación política y social». Se trató entonces de una política de
terror sistemático. En tercer lugar, ese terror
sistemático se ejerció con el agravante de ser efectuado por fuera de
todo marco legal. Es decir, la violencia política ejercida contra
quienes eran identificados como enemigos del régimen operó de manera
clandestina. De modo que la dictadura no solo puso en suspenso los
derechos y las garantías constitucionales, y a la Constitución misma,
sino que decidió instrumentar un plan represivo al margen de la ley,
desatendiendo los principios legales que instituyen a los Estados
modernos para el uso de la fuerza. Se violaron así las normas para el
uso legítimo de la violencia y el Estado se transformó en el principal
agresor de la sociedad civil, la cual es, en definitiva, la que
legitima el monopolio de la violencia como atributo de los Estados
modernos.
Ministerio de Educación de la Nación (2010). Pensar
la dictadura: terrorismo
de Estado en Argentina. Preguntas, respuestas y propuestas para su
enseñanza. Buenos Aires.
La supresión de los derechos y las garantías constitucionales
El
gobierno militar suprimió los derechos civiles y las libertades
públicas, anuló las garantías constitucionales y creó nuevos
instrumentos jurídicos. Un hecho que tuvo graves
consecuencias fue la suspensión de la vigencia de la última parte del
artículo 23 de la Constitución Nacional. Este artículo establece en qué
condiciones el gobierno puede declarar el estado de sitio, una medida
excepcional autorizada en casos de conmoción interior o de ataque
exterior que incluye la suspensión de las garantías constitucionales
durante el estado de sitio. Sin embargo, en su última parte, el
artículo 23 ordena expresamente: «Pero durante esta suspensión no podrá
el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas. Su
poder se limitará en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o
trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen
salir fuera del territorio argentino». La suspensión
de esta garantía individual se vio agravada porque el Poder Ejecutivo,
«en virtud de las facultades que dimanan del estado de sitio», decidió
poner a su disposición una numerosa cantidad de detenidos. El uso de
esta facultad significó, de hecho, la imposición de severas condenas
sin formulación de cargos ni juicio previo, violando sistemáticamente
el derecho a justa defensa.
Alonso, María E., Elisalde, Roberto y Vázquez, Enrique C (1998). Historia: La Argentina del siglo XX.
Buenos Aires: Aique.