1 00:00:26,168 --> 00:00:28,368 Capítulo 4: Esclavitud 2 00:00:29,766 --> 00:00:32,749 Una de las principales resoluciones de la Asamblea del Año XIII 3 00:00:33,215 --> 00:00:34,714 fue decretar la libertad de vientres 4 00:00:34,714 --> 00:00:37,693 para todos los esclavos que habitaran el suelo de las Provincias Unidas. 5 00:00:38,373 --> 00:00:41,470 Sin embargo, no se trató de un cambio aislado en el mundo. 6 00:00:41,738 --> 00:00:43,731 Ya, en 1807, Gran Bretaña, 7 00:00:43,731 --> 00:00:46,255 que se encontraba en plena revolución industrial, 8 00:00:46,711 --> 00:00:48,333 había abolido el tráfico de esclavos. 9 00:00:49,073 --> 00:00:49,617 Pero… 10 00:00:50,211 --> 00:00:52,686 ¿esto era el fin de la esclavitud en las Provincias Unidas? 11 00:00:53,417 --> 00:00:54,709 No. 12 00:00:55,614 --> 00:00:58,799 Esta ley liberaba a los esclavos que todavía no habían nacido 13 00:00:59,345 --> 00:01:00,692 ya que, hasta ese momento, 14 00:01:01,021 --> 00:01:02,182 el hijo de una esclava 15 00:01:02,622 --> 00:01:05,471 pasaba a formar parte del patrimonio del señor de su madre. 16 00:01:06,039 --> 00:01:07,084 ¿Cómo fue el decreto? 17 00:01:07,512 --> 00:01:09,334 Primero se les otorgó la libertad 18 00:01:09,334 --> 00:01:10,645 a los hijos de esclavos 19 00:01:10,645 --> 00:01:14,100 nacidos a partir del 31 de enero de 1813. 20 00:01:14,844 --> 00:01:15,920 De esta forma, 21 00:01:16,132 --> 00:01:20,009 los hijos de las mujeres esclavas se convertían en libertos. 22 00:01:20,292 --> 00:01:23,524 Si bien esto significaba un avance con respecto a su situación anterior, 23 00:01:23,909 --> 00:01:26,197 lejos estaban de gozar de plena libertad. 24 00:01:26,998 --> 00:01:28,287 Entre otras cuestiones, 25 00:01:28,287 --> 00:01:31,063 los libertos debían permanecer en la casa del amo 26 00:01:31,308 --> 00:01:32,332 hasta que se casaran 27 00:01:32,332 --> 00:01:34,952 o tuvieran 20 años en el caso de los varones 28 00:01:35,254 --> 00:01:38,178 y 16 años en el caso de las mujeres. 29 00:01:39,244 --> 00:01:41,085 Debían servir gratis a sus patronos 30 00:01:41,364 --> 00:01:42,965 hasta la edad de 15 años 31 00:01:43,347 --> 00:01:44,599 y, en los cinco restantes, 32 00:01:44,841 --> 00:01:47,799 se les abonaría un peso cada mes por su servicio. 33 00:01:48,769 --> 00:01:50,598 Esta ordenanza se fue ampliando. 34 00:01:50,750 --> 00:01:51,891 Poco tiempo después, 35 00:01:52,107 --> 00:01:53,322 se sancionó la norma 36 00:01:53,498 --> 00:01:57,229 que disponía que los esclavos que ingresaran en el territorio rioplatense 37 00:01:57,271 --> 00:02:00,405 provenientes de otros estados serían libres. 38 00:02:00,802 --> 00:02:01,489 Sin embargo, 39 00:02:01,854 --> 00:02:04,172 por la presión de los poderosos propietarios de esclavos, 40 00:02:04,507 --> 00:02:06,460 se privó de los beneficios de la libertad 41 00:02:06,732 --> 00:02:10,242 a los esclavos que arribaran ya sea con sus dueños o fugados, 42 00:02:10,502 --> 00:02:12,396 sobre todo de las plantaciones de Brasil. 43 00:02:13,600 --> 00:02:16,197 Chocaban entonces dos derechos, clásicamente liberales: 44 00:02:16,787 --> 00:02:19,533 el derecho a la libertad y el derecho a la propiedad. 45 00:02:20,413 --> 00:02:23,805 El legado de la Asamblea puede ser pensado de distintas formas: 46 00:02:24,571 --> 00:02:27,334 o puede ser visto como algo que restringió en parte la esclavitud 47 00:02:27,525 --> 00:02:28,739 y la frenó a futuro 48 00:02:29,234 --> 00:02:30,958 o como una medida a mitad de camino 49 00:02:31,471 --> 00:02:35,971 ya que dejaba en pie una de las peores instituciones de todos los tiempos. 50 00:02:36,870 --> 00:02:39,924 La Asamblea fue un precedente para el resto de América: 51 00:02:40,349 --> 00:02:41,051 en Perú, 52 00:02:41,164 --> 00:02:45,750 los niños de los esclavos nacieron libres a partir de 1821. 53 00:02:46,032 --> 00:02:46,936 En Gran Colombia, 54 00:02:46,936 --> 00:02:49,618 que incluía los actuales territorios de Venezuela y Ecuador, 55 00:02:50,018 --> 00:02:51,065 el mismo año. 56 00:02:51,447 --> 00:02:52,194 En Uruguay, 57 00:02:52,374 --> 00:02:55,976 la libertad de vientres se promulgó en 1825 58 00:02:56,180 --> 00:02:59,014 y, en Paraguay, en 1842. 59 00:02:59,148 --> 00:03:01,060 El caso de Brasil es muy especial: 60 00:03:01,530 --> 00:03:05,414 allí la abolición de la esclavitud recién llegó en 1889, 61 00:03:05,599 --> 00:03:08,094 36 años más tarde que en la Argentina. 62 00:03:08,475 --> 00:03:09,420 En nuestro país, 63 00:03:09,516 --> 00:03:11,392 la abolición definitiva de la esclavitud 64 00:03:11,649 --> 00:03:14,890 aparecería recién en la Constitución de 1853, 65 00:03:15,272 --> 00:03:16,809 que Buenos Aires debió aceptar 66 00:03:16,989 --> 00:03:20,671 al incorporarse en la Nación argentina en 1860, 67 00:03:20,770 --> 00:03:22,954 pero fue sin duda la Asamblea 68 00:03:23,086 --> 00:03:24,705 la que dio el puntapié inicial 69 00:03:24,929 --> 00:03:28,341 para que comenzara a pensarse el problema en nuestro continente.